1684. Diego Remírez de Baquedano y sus "planes de hierro"

Diego Remírez de Baquedano, ante los planos de la ferrería.


1684. Diego Remírez de Baquedano 

y sus ganicas de enredar.


Hablo de Diego Remírez de Baquedano, (en adelante DRB) Señor de los palacios de Ecala y San Martín, nacido en 1617. Que ya tenía alguna experiencia de roce con sus paisanos de pueblo y de valle, que le impidieron ser llamado Señor de San Martín, solo Señor de su palacio, pero no de su pueblo, que ya se gobernaban ellos, sus vecinos. Y eso le tenía amargado al hombre.


Con 67 años vividos, 19 de ellos de viudedad, y pocos sueños cumplidos, pensó en enredarles un poco a los vecinos de Baquedano en particular. No tenía suficiente entretenimiento con los de San Martín y Ecala y quería ampliar el círculo de sus litigios. Y para ello planteó la instalación de una ferrería en Baquedano, que ya suponía no iba a gustar. Y en previsión de ello, nombró procurador a Martín de Aldunate.


Reunión de DRB con Aldunate para tratar de la ferrería

Utilizó como argumento el privilegio concedido a un ascendiente suyo, Juan Fernández de Baquedano[1], en 1469, por la corona navarra, ‘en premio a los buenos servicios que por defender la frontera, ha hecho grandes sacrificios y le han quemado su casa dos veces otorgan el privilegio de fabricar ferrerías en los montes y sierras de Encía  y en los términos de Amesqua, Arana, Abárzuza e Ibiricu y sacar mineral de cualquier metal para las ferrerías y hacer leña y carbón. Durante veinte años estarán libres y quitas y después pagarán los derechos anuales como cualquier ferrería del Reyno.


Enterados en Baquedano, se reunió el Concejo el 4/1/1684 y recuerdan el Privilegio concedido por Carlos I  “en que les dio facultad para labrar, edificar y fraguar una herrería en sus propios términos y en el sitio llamado Urederra o Ubagua”.


Reunión del Concejo de Baquedano ante 
la intención de DRB de instalar una ferrería


Nombran como procurador a Joseph Cuadrado.

Y establece que:

1.- Baquedano tiene su propio territorio amojonado para uso y disfrute de vecinos y residentes.

2.- Por su término pasa el Urederra y han tenido, en virtud del Privilegio, una ferrería, que se llama la”segunda”. Que causó muchos gastos. Que ahora está derruida y no se ha reedificado por falta de medios.

3.- Améscoa Alta y Baja tienen sus términos comunes distintos de los de los pueblos.

4.- DRB es vecino de San Martín y puede gozar de los términos comunes del valle pero no de los de Baquedano.

5.- El Privilegio es para los términos comunes de Améscoa, Arana, Abárzuza e Ibiricu. No otros y menos para los de Baquedano.

6.- Si se construyese la ferrería causaría graves daños por el corte de árboles y daños en hierbas y sembrados por las cabalgaduras necesarias en una ferrería.

 

Aldunate, procurador de DRB, impugna el artículo 4º.

En Pamplona, el 5/05/1684 la Corte aprueba la impugnación.

 

Aldunate quiere probar que:

1.- DRB es dueño del palacio de Ecala y tiene el privilegio citado.

2.- En Améscoa Alta y Baja hay dos ríos. El Uiarra es de verano y en invierno lleva muy poca agua si no es cuando hay grandes lluvias. El Urederra es perenne y caudaloso y tiene su origen en Ubago, término de Baquedano.

3.-Ubago es montuoso y lleno de maleza. En su entorno no hay heredades fructíferas.

4.- Puede construir la ferrería por el privilegio

5.- La instalación de la ferrería sería beneficiosa para Baquedano.

6.-En el sitio previsto no hay ni presa ni construcción alguna, ni ruina que evidencie la antigua existencia de una ferrería.

7.- El Urederra pasa por diversos lugares del valle. Pero la ferrería no se puede hacer en el común, porque el común es Inzura y allí no hay altura para hacer una presa, ni se puede hacer carbón cerca.

 

Testigos de Aldunate

.- Martín de Iriarte, (Baríndano, 54 años)

1.- En Baríndano se sabe que DRB es dueño de los palacios de Ecala y San Martín.  Y sobre el Privilegio, se remite a lo que diga la Justicia.

2.-El Uiarra es río de verano. El Urederra es caudaloso y perenne. Nace en Baquedano comprenso en Améscoa la Baja en Ubago.


Río Urederra en Baquedano

3. Ubago es montuoso y áspero y no hay heredades fructíferas.

4.- Se remite a la Justicia

5.- La ferrería sería beneficiosa para el pueblo por la cercanía, consumo de frutos y trabajo para la gente.

6.- En el sitio previsto no hay presa. Cerca hay una pared con vestigios de tres ventanas. Ha visto diferentes pedazos de escoria. Tiene oído que los de Baquedano tuvieron allí su propia ferrería.

7.-El Urederra pasa también por términos de Gollano, Artaza y Baríndano. Si se intentase poner allí ferrería, se opondrían como los de Baquedano. Como término común queda Inzura, llano y alejado de donde se puede hacer carbón.

Esto sabe y no firmó.

.- Sebastián Sanz, (Baríndano)

3.- No hay en el sitio ni puede haber heredades fructíferas por lo montuoso y mala calidad de la tierra.

Al resto de  los artículos responde como el anterior.

.- Juan González de Ezquerecocha, (Baríndano, 43 años)

3.- Hace ocho o nueve años Martín Sanz, vecino de Baquedano, sembró allí y solo sacó cinco o seis almudes de alholva.

Al resto de  los artículos responde como el anterior.

Otros cuatro testigos de Baríndano, Zudaire y San Martín. Testifican lo mismo.

 

Testigos de Joseph Cuadrado,

.- Juan de Arteaga, (Gollano, 56 años).

1.- Desde que tiene memoria siempre ha sabido que Baquedano siempre ha tenido el término de Ubago como propio y privativo.

2.- También ha oído a muchas personas mayores que en Ubago los de Baquedano tuvieron una ferrería. Él mismo ha visto vestigios de piedras y maderas encajadas.

3.- Es público y notorio que Améscoa Alta y Baja tienen sus términos comunes distintos de los propios de los pueblos.

4.- Se remite a la merced y a la Justicia.

5.- Causaría graves daños a Baquedano  por el corte de árboles que habría que hacer, las hierbas y pastos consumidos y el paso de las caballerías.

.- Juan de Urra, (Larraona, vecino de Artaza, 60 años)

2.- Oyó a su padre que vio vestigios de una ferrería. Él también ha visto una pared de 23 varas de larga.

Al resto de los artículos responde como el anterior.

Otros nueve testigos de Gollano, Baríndano, Zudaire, Artaza y San Martín responden lo mismo.

.- Francisco de Lazcano, (Cegama, vecino de Zudaire, 39 años).

2.- Durante un año ha hecho carbón en Urbasa. Ha trabajado en una ferrería. Por orden de los regidores de Baquedano ha examinado el lugar. Toda la presa está hecha con “obra de manos de cantería”, abierta la peña y ha visto un paredón en la parte de abajo y maderas clavadas.

5.- La ferrería produciría mucho daño a Baquedano ya que se necesitan unas 150 cabalgaduras y “se suelen sacar 4000 cargas de carbón”.

.- Juan de Apeztegui (Erasun, 51 años)

2.- Trabajó en la sierra de Urbasa, residió en Baquedano y ha trabajado en ferrerías.

Ha visto el lugar, la pared y tablas.

5.- Causaría un gran perjuicio por las 150 caballerías y bueyes. Algunos pobres podrían trabajar a jornal.

.- Pedro de Elizalde (Erasun, 52 años)

2.- Trabajó en la sierra de Urbasa y residió en Baquedano.

Hoy ha estado con los regidores de Baquedano para ver el lugar. Hay vestigios de maderas y tablas para detener el agua y en el bocal y cequia ha visto un paredón.

5.-Gran perjuicio por las 150 caballerías. Solo se beneficiarían algunos pobres.

.- Diego de Goya, (Cegama, vecino de Zudaire, 52 años)

2.- Hoy ha visitado Ubagua con los regidores de Baquedano. Por haber trabajado en la cantería de algunas ferrerías, está seguro de que allí hubo edificio de ferrería.

5.- Responde igual que los anteriores

 

SENTENCIA

En Pamplona en Cortes, a 14/05/1684

Fallamos no haber lugar a lo pedido por el dicho DRB a quien le reservamos su derecho a salvo para el que lo tuviere como y cuando y contra quien tuviere le conviene”.

 

.- Apela Aldunate

1.- DRB es sucesor y legítimo heredero de la persona a quien se concedió el Privilegio.

2.- En el Privilegio no se diferencia entre terrenos propios y comunes de Améscoa.

Pide que se confirme la sentencia y expone nuevamente todos los argumentos. Además afirma que el privilegio que se concedió a D. Juan Fernández de Baquedano se dio en unas circunstancias muy distintas, anteriores a la “feliz unión deste Reyno con el de Castilla”

Aldunate presenta el testamento que hace Mosén Gonzalo Remírez de Baquedano, Merino mayor de Tierra de Estella, dueño del palacio de Ecala, en el monasterio de Santo Domingo, el 9/3/1424, por el que crea el mayorazgo.

Aldunate dice también que no se cortarán árboles fructíferos para pasto como encinas y robles. Las hayas, aunque son fructíferas, no  se computan como tales en el Valle y cualquiera puede cortarlas.

Además no se necesitarán 150 caballerías.

El privilegio es auténtico pues se ha sacado del Archivo de Comptos.

Los de Baquedano deberían presentar el suyo.

 

.- Responde Cuadrado

El perjuicio es cierto

Baquedano no necesita presentar su privilegio.

 

SENTENCIA

En Pamplona, a 24/02/1685: “Fallamos que debemos confirmar y confirmamos como bien y justamente  pronunciada”.

Cuadrado pide que en la sentencia se especifique que DRB no puede construir ferrería ni en Ubago ni en cualquier lugar del término de Baquedano.

En Pamplona, el 6/04/1685 la Corte declara que en la sentencia están comprendidos, no solo el término de “las herrerías viejas, llamado Ubago”, sino también todos los términos propios y comunes de Baquedano.

Aldunate pide que se anule esta declaración pero el 23/05/1685 se vuelve a confirmar.

 


AGRADECIMIENTO: Esta información me fue facilitada, en forma de apuntes, por Carmelo Urra Echávarri, que tomó las notas del litigio en el ARGN. Gracias a informaciones como estas y como otras que recibo, en forma de texto o de imágenes, puedo transformarlas en materia accesible para mejor conocer la cultura e historia de este valle.

[1] Esta concesión le había sido dada el 28 de septiembre de 1469 y le fue confirmada en 1479. 

 

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